Monotributo: cuánto meses pueden pasar sin facturar en AFIP

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El pequeño contribuyente debe abonar una cuota fija mensual, que contiene un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y a obra social. Qué sucede si no se factura mensualmente.

Monotributo: cuánto meses pueden pasar sin facturar en AFIPQué pasa si un contribuyente del Monotributo no factura por varios meses.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) brinda el acceso al Monotributo a ciertos grupos. Este régimen impositivo es un sistema de pagos al que pueden acceder los pequeños contribuyentes, cuya finalidad es simplificar los pagos tributarios (IVA y Ganancias) y previsionales (jubilación).

Además, el contribuyente del Monotributo debe abonar una cuota fija mensual, que contiene un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y a obra social.

Qué pasa si soy contribuyente del Monotributo y no facturo mensualmente

Según AFIP, los monotributistas de todas las categorías deberán emitir factura electrónica para las operaciones con consumidores finales, es decir, por cualquier servicio prestado o producto vendido.

Si el contribuyente del Monotributo no factura sus actividades comerciales mensualmente, la AFIP puede inhabilitarlo del régimen.

Por otro lado, si no se abona la cuota mensual durante diez meses consecutivos antes del 20 de cada mes, AFIP dará de baja automáticamente del Monotributo.

Si el contribuyente del Mononitrubuto no factura sus actividades comerciales mensualmente, AFIP puede inhabilitarlo del régimen.

Es por ello, que en el caso de que ya no desee continuar aportando en el Monotributo hay que darse de baja, para evitar cualquier tipo de inconvenientes.

Qué pasa si acumulo deudas en el Monotributo

Al no abonar de forma regular la cuota de Monotributo, suceden varias cosas:

.Luego de 10 meses consecutivos sin pagar, AFIP dará de baja automáticamente del Monotributo. Podrás reingresar al régimen, siempre que regularices la deuda correspondiente.

.Se te acumularán intereses.

.Dejarás de aportar para tu jubilación y para tu obra social.

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