El Gobierno emitió el decreto por el pago de la suma fija de $60.000 para trabajadores

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En respuesta a la negativa de gobernadores y empresarios, el Gobierno emitió este miércoles el DNU sobre la asignación a pagarse en septiembre y en octubre próximos para empleados públicos y privados.

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Luego del rechazo de algunos sectores al pago de la suma fija establecida en el Programa de Fortalecimiento de la Actividad Económica y los Ingresos lanzado el domingo por el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa, el Gobierno publicó este miércoles el decreto.

El DNU que establece la suma fija de $60.000 para trabajadores del sector público y privado saldrá este jueves en el Boletín Oficial.

La asignación no remunerativa se pagará por única vez en dos cuotas de $30.000, que se percibirán en septiembre y en octubre próximos, y será para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, de Jurisdicciones y organismos dependientes del Poder Ejecutivo Nacional y personal de casas particulares.

El decreto indica una «asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, regulados por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y su modificatoria y otros estatutos profesionales especiales».

Ese monto, tal como se informó, ascenderá a la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000), que será abonada por los sujetos empleadores en DOS (2) cuotas de PESOS TREINTA MIL ($30.000) con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.

Los detalles del decreto sobre la suma fija para trabajadores

Según el Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial 438/2023, la asignación será otorgada «por única vez» para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El decreto firmado por todo el Gabinete nacional establece que la partida será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $ 30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre próximos.

También se suma una asignación no remunerativa para los trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares de 25.000 pesos, que será abonada por los sujetos empleadores en 12.500 pesos con los salarios devengados en agosto y septiembre próximos.

La asignación no remunerativa dispuesta se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.

La asignación no remunerativa dispuesta en los artículos se aplicará a los trabajadores que perciben «salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en agosto último, inferiores a $ 400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional».

Es decir, el monto mensual de la asignación no remunerativa dispuesta será equivalente a $30.000 para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a $ 370.000; o la diferencia entre $ 400.000 y los salarios netos superiores a $ 370.000 correspondientes al devengado en el este mes.

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